Artículo 107 del Código Civil

Artículo 107.
1. La nulidad del matrimonio y sus efectos se determinarán de conformi…

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Artículo 107 del Código Civil

Artículo 107.

1. La nulidad del matrimonio y sus efectos se determinarán de conformidad con la ley aplicable a su celebración.

2. La separación y el divorcio legal se regirán por las normas de la Unión Europea o españolas de Derecho internacional privado.

Código Civil BOE

El artículo 107 del Código Civil en España se refiere a dos aspectos relacionados con el matrimonio: la nulidad y sus efectos, así como la separación y el divorcio legal. Este artículo se divide en dos apartados que establecen las leyes aplicables en cada caso.

E,n el primer apartado, se establece que la nulidad del matrimonio y sus efectos se determinarán conforme a la ley aplicable al momento de su celebración. Esto significa que, si un matrimonio es declarado nulo, los efectos de dicha nulidad se regirán por las leyes vigentes en el lugar y tiempo en que tuvo lugar la boda.

Por otro lado, el segundo apartado establece que la separación y el divorcio legal se regirán por las normas de Derecho internacional privado de la Unión Europea o españolas. Esto implica que, en casos de separación o divorcio entre personas de diferentes nacionalidades o cuando uno o ambos cónyuges residen fuera de España, se aplicarán las normas internacionales correspondientes para resolver estos asuntos.

Ejemplos y consejos de interés

Supongamos que una pareja contrajo matrimonio en España hace 10 años pero desea anularlo debido a algún vicio en su consentimiento (por ejemplo, coacción). La ley aplicable para determinar la nulidad y sus efectos será aquella vigente al momento de la celebración del matrimonio, es decir, hace 10 años.

En otro caso, si una pareja formada por un ciudadano español y un ciudadano francés decide divorciarse, las normas de Derecho internacional privado de la Unión Europea o españolas serán las encargadas de r,egular su proceso de separación o divorcio.

Explicación detallada del Artículo 107 del Código Civil

El artículo 107 del Código Civil establece dos aspectos fundamentales en relación con el matrimonio en España. En primer lugar, se menciona la nulidad del matrimonio y cómo deben determinarse sus efectos. La nulidad es una figura jurídica que significa que el matrimonio nunca existió debido a vicios en su celebración (por ejemplo, coacción, error o incapacidad). Por lo tanto, este artículo indica que los efectos jurídicos derivados de la declaración de nulidad del matrimonio se regirán conforme a la ley aplicable al momento en que se llevó a cabo la boda.

Esto es importante porque puede haber cambios legislativos a lo largo del tiempo. Por ello, es necesario establecer claramente cuál es la ley aplicable para cada situación específica. De esta forma, se garantiza seguridad jurídica y se evitan controversias innecesarias.

En segundo lugar, el artículo 107 aborda el tema de la separación y el divorcio legal. Mientras que la separación implica una suspensión temporal o definitiva de los deberes y obligaciones propios del matrimonio sin disolverlo legalmente (la pareja sigue estando casada), el divorcio pone fin al vínculo matrimonial entre ambas partes y, permite a cada una de ellas contraer un nuevo matrimonio con otra persona.

El artículo establece que estos procesos se regirán por las normas de Derecho internacional privado de la Unión Europea o españolas. Este aspecto es fundamental en un mundo globalizado, donde los ciudadanos tienen mayor movilidad y pueden casarse con personas de diferentes nacionalidades o residir en distintos países. Al aplicar estas normas internacionales, se busca garantizar que todos los casos sean tratados adecuadamente, sin importar el origen o la residencia de los cónyuges.

En conclusión, el artículo 107 del Código Civil en España establece las leyes aplicables tanto para la nulidad del matrimonio y sus efectos como para la separación y el divorcio legal. Establecer claramente cuál es la ley aplicable en cada caso es fundamental para garantizar seguridad jurídica y resolver adecuadamente las controversias que puedan surgir en torno a estas situaciones.

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